En El Saucejo desarrollaron negocios de banca los siguientes:
Enrique Giménez , ¿ es el mismo siguiente ?, en 1913 es Corresponsal de banca.
Enrique Jiménez Fernández, banquero, 1908 - 1936. En 1910, 1912 es Corresponsal del Banco Hispano Americano, aplican 0,25% de comisión; en 1933, del Banco Pastor. En 1930 - 1936 pagó 80 pesetas anuales a la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla, como cobrador de giros.
Julián Larqué , banquero, 1908 - 1911. En 3-5-1894 persona con este nombre suspende pagos, según La Crónica Meridional, periódico de Almería.
Enrique Giménez , ¿ es el mismo siguiente ?, en 1913 es Corresponsal de banca.
Enrique Jiménez Fernández, banquero, 1908 - 1936. En 1910, 1912 es Corresponsal del Banco Hispano Americano, aplican 0,25% de comisión; en 1933, del Banco Pastor. En 1930 - 1936 pagó 80 pesetas anuales a la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla, como cobrador de giros.
Julián Larqué , banquero, 1908 - 1911. En 3-5-1894 persona con este nombre suspende pagos, según La Crónica Meridional, periódico de Almería.
Juan Mora Guardeño, En 2-1910 la Administración de Hacienda le da de baja como prestamista.
Francisco Naranjo Leveque? , en 1913 es Corresponsal de Cristóbal Román Durán, banquero de Ronda.
Sobre esta plaza señalan aplicar las siguientes entidades las condiciones en las fechas que se indican :
Francisco Naranjo Leveque? , en 1913 es Corresponsal de Cristóbal Román Durán, banquero de Ronda.
Sobre esta plaza señalan aplicar las siguientes entidades las condiciones en las fechas que se indican :
1894, Banco Militar y de Comercio, 1,60%.
1896, Jover y Compañía, de Barcelona, 1,60%.
1905, Banco Hispano Americano, 1,25%.
1907, Banco de España, 1,10%.
1923, Banco Español de Crédito, 0,80%.
1933, Banco de España, 0,85%.
Fuentes: Anuario del Comercio, de Bailly Bailliere, Banqueros y bancos durante la vigencia de la ley Cambó 1922-1946, de Victoria Patxot Nieto y Enrique Giménez Arnau.
Fuentes: Anuario del Comercio, de Bailly Bailliere, Banqueros y bancos durante la vigencia de la ley Cambó 1922-1946, de Victoria Patxot Nieto y Enrique Giménez Arnau.